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Recibí una multa de la Caminera de Córdoba, ¿qué se puede hacer?

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Si la Policía Caminera de Córdoba te hizo una multa en la ruta, o te llegó a tu domicilio la notificación de que fuiste multado en la provincia, tenes al menos dos opciones: pagar o «quejarte».

En el primer caso, tenes otras dos opciones: pagar en un determinado tiempo (10 días) y terminar pagando menos de lo que es el valor real de la multa (50% de descuento), llamado «pago voluntario»; pagar en fuera de ese término y desembolsar un precio más alto de que en el caso anterior, o realizar un plan de pagos (en cuotas). A su vez, al pagar tenes opciones de hacerlo en rapipago/pagofácil, bancos, con tarjeta, etc.

En tanto, si decidís quejarte, tenes una opción que es el realizar el descargo. El denominado «descargo» es hacer uso del derecho a la defensa y presentar una queja contra la sanción (multa/quita de puntos). Esta presentación se hace ante el Juzgado de Faltas de la Provincia de Córdoba, que está avocado al tratamiento de las multas de tránsito que confecciona la Policía Caminera.

En este caso, tenés que saber que al presentar el descargo perdes la posibilidad del «pago voluntario», que significa que no podrás obtener el descuento del 50% del valor real de la multa. Pero también es bueno saber que si presentas la queja y el Juzgado de Faltas hace lugar podrás no pagar nada.

¿Qué me conviene? La conveniencia dependerá de cada persona, habrá quienes quieran pagar y olvidarse del tema, y habrá aquellos que quieran reclamar y ‘pelearla’.

¿De qué sirve el descargo? La presentación se suele hacer principalmente por dos motivos: se cree injusta la sanción por alguna razón, e intentar no abonar la multa porque hay algún error en la confección del acta (incorrectos datos del vehículo, la persona, lugar, etc)

Si hago el descargo, ¿qué pasa? Al presentar el descargo, se pierde la posibilidad de acceder al Pago Voluntario, ya que sólo son 10 días hábiles desde la realización de la multa, y el tiempo por el tratamiento de la presentación excede dicho plazo. No obstante, el Gobierno de la Provincia anunció tiempo atrás que se puede acceder al beneficio del descuento del 50% completando un formulario.

Si pago, ¿ya está? Al abonar la multa de tránsito, finaliza el proceso. Es decir, se paga y se cancela la «deuda». Sin embargo, vale recordar que persiste la quita de puntos.

¿Cómo se puede pagar? Según informa el Gobierno de la Provincia y la Dirección de Rentas, los medios de pago habilitados son: Pago Electrónico (Red Link y «Pago mis cuentas», desde Home Baking o Cajeros Automáticos), Tarjetas de Crédito (Cordobesa, Naranja, Visa y Mastercard, de las cuales depende cada una la cantidad de cuotas), en las entidades bancarias (Bancor, Credicoop, Roela, Supervielle, Banco Julio, Macro, Banco Santiago del Estero, Caja Popular de Ahorro de la Provincia de Tucumán) y los medios de pago en efectivo Rapipago, Pago Fácil y Cobro Express.

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